El Tribunal Superior Electoral (TSE) ha anulado la décima octava reunión ordinaria del comité central del Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC), realizada el pasado 8 de octubre de 2023. La decisión fue emitida en la sentencia TSE/0137/2023, correspondiente al expediente TSE-01-0138-2023.
La sentencia señala que el TSE «ACOGE en cuanto al fondo la indicada demanda, en consecuencia, anula en todas sus partes y con todas sus consecuencias jurídicas, la decimoctava (XVIII) reunión ordinaria del comité central del Partido Unión Demócrata Cristiana (UDC), de fecha ocho (8) de octubre del año dos mil veintitrés (2023), al no ser realizada de conformidad con las normas constitucionales, legales y estatutarias que la rigen”.
La demanda fue presentada por el señor Leonardo Antonio Suero Ramos el 31 de octubre de 2023, impugnando y solicitando la nulidad de la mencionada reunión del comité central del Partido UDC, así como cuestionando al partido y al señor Luis Fernando Acosta Moreta.
En su fallo, el Tribunal rechazó el medio de inadmisión presentado por el Partido UDC, que argumentaba el no agotamiento de la vía partidaria interna. También desestimó el medio de inadmisión relativo a la falta de interés, afirmando que los miembros de una organización política no están obligados a demostrar un agravio personal para fiscalizar las actuaciones de su organización.
La sentencia también declaró irrecibibles las conclusiones relacionadas con la exclusión del señor Luis Fernando Acosta Moreta, al haberse presentado después de cerrados los debates.
Las costas del proceso fueron declaradas de oficio por tratarse de un asunto electoral, y el Tribunal dispuso la notificación a las partes y la publicación de la sentencia en el portal institucional del Tribunal Superior Electoral. La demanda fue acogida en cuanto a la forma por haber sido incoada de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.