Santo Domingo, RD.- Como continuación del día Nacional e Internacional de las Personas con Discapacidad, que se celebra cada 3 de diciembre, el Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS) anunció este lunes la promulgación del decreto No. 363-16 que establece el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica No. 5-13 sobre Discapacidad.
Dicha acción representa un hito sin precedentes para los derechos de las personas con discapacidad en la República Dominicana, ya que ni la ley No. 21-91, que reconoce los derechos y deberes de las personas con limitaciones físicas, sensoriales y/o mentales, ni la Ley General Sobre la Discapacidad en República Dominicana No. 42-2000, contaron con este importante instrumento para su aplicación.
El Reglamento de aplicación de la Ley No. 5-13 se enmarca dentro de los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, y promueve la construcción de una sociedad donde las personas con discapacidad tengan las oportunidades de participación a partir de sus comunidades. Asimismo establece la creación de políticas, iniciativas y acciones que promuevan la vida independiente y la inclusión plena de esta población en materia de educación, trabajo, salud, política, recreación, turismo y cultura, entre otros.
Magino Corporán Lorenzo, Director de Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS), expresó que la promulgación de dicho reglamento es expresión de la fuerte voluntad política del actual Gobierno, encabezado por el Presidente Danilo Medina Sánchez, y evidencia del compromiso del Estado dominicano con los derechos de las personas con discapacidad.
Corporán explicó que el Reglamento se enmarca dentro del proceso de armonización legislativa que el CONADIS viene desarrollando a partir del 2013 y que ha visto la creación de otros dispositivos normativos como son: el Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros que establece el trato igualitario a personas con discapacidad y el cumplimiento de las medidas aplicables previstas en la Ley No.5-13.
De igual forma la Certificación Internacional de Playa “Bandera Azul” que incluye criterios de accesibilidad en su aplicación en nuestro país, fomentando de esta forma la implementación de un modelo turístico amigable con las personas con discapacidad; la Normativa NORDOM 11:2-001 Accesibilidad al Medio físico: Criterios y requisitos generales para un Diseño Universal, actualmente en fase de aprobación final y la Política de Igualdad para las Personas con Discapacidad del Poder Judicial, con la que se busca garantizar el Acceso Justicia de ese segmento de la población.
El director de CONADIS concluyó expresando que de la promulgación del Reglamento de Aplicación de la Ley No. 5-13 se desprenden numerosas tareas y responsabilidades para las instituciones públicas, la sociedad civil, el sector privado, las personas con discapacidad y sus familias: “la verdadera inclusión y la promoción de los derechos de las personas con discapacidad sólo es posible cuando todo aportemos a la construcción de una sociedad cada día más justa, accesible e inclusiva”.