El Foro Permanente de Partidos Políticos de la República Dominicana (FOPPPREDOM) puso en circulación el tercer opúsculo de su serie “Cuadernos por la Democracia” titulado Competencias Jurisdiccionales y Administrativas en materia Electoral: Innecesario Conflicto de Atribuciones, de la autoría de su Director de Publicaciones, Sergio Ortiz Valenzuela.
La institución, que agrupa a la mayoría de los partidos político del país, afirma que el Tribunal Superior Electoral (TSE) desde hace varios años intenta ampliar sus competencias, excediendo el mandato que le confieren la Constitución y la Ley, lo que ha ocasionado por lo menos tres conflictos con la Junta Central Electoral (JCE).
Asimismo, de acuerdo a las declaraciones de prensa ofrecidas esta mañana en el FOPPPREDOM, se han suscitado conflictos jurídicos de competencia entre otras instituciones y la JCE, indicando que esta última sufre un embate inaceptable de regulación y control por parte del TSE y otras instituciones del Estado.
“El papel del Tribunal Constitucional ha sido admirable en defensa de la JCE”, dijo Ortiz a nombre de FOPPPREDOM, indicando que en reiteradas ocasiones, como en los expedientes TC03-2014-0001 (sentencia TC/0305/14) como en el núm. TC-03-2015-0002 (sentencia no publicada), se defendieron las competencias fundamentales, accesorias e instrumentales de la JCE.
En la actualidad se pretende negar a la JCE la capacidad de conocer recursos de revisión contra sus decisiones, algo que según afirma Ortiz “contraviene el poder reglamentario autónomo de esa institución, sus competencias accesorias e instrumentales y varias disposiciones legales.”
Sostuvo Ortiz que “históricamente las atribuciones administrativas fueron siempre materia reservada de la JCE, y las contenciosas electorales de la jurisdicción ordinaria, algo que la Ley núm. 29-11 ha respetado, que el Tribunal Constitucional ha establecido y que el TSE no puede ni debe subvertir, asumiendo competencias que no tiene.”
La JCE es un “tribunal de elecciones” que da forma definitiva a la voluntad popular, o sea, que establece el cómputo y declara los ganadores de las elecciones. Por eso, para la legitimidad del poder público, la JCE tiene que ser por necesidad una entidad totalmente libre y autónoma –dijo Ortiz–. “Sus decisiones no deben ser objeto de relajo jurídico”, afirmó, “como ocurre cuando se interponen acciones y demandas traídas por los pelos del interés particular, que el TSE admite sin tener competencia para ello.”
FOPPPREDOM reafirma su defensa de la institucionalidad del sistema electoral y de partidos. “Es hora de que el Congreso Nacional, que actualmente analiza el proyecto de Ley Orgánica de Régimen Electoral, deslinde apropiada y definitivamente las competencias administrativas de ese órgano constitucional que es la JCE”.