Ya está disponible la opción “Valida con tu cédula” donde los empleados podrán verificar si su empleador se acogió a FASE en cualquiera de sus dos modalidades.
Accede ahora a este link y verifica si tu empleador aplicó al Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado.
¿Qué es el Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado (FASE)?
Es un programa para apoyar, de manera transitoria, a los trabajadores formales del sector privado con una transferencia monetaria, con el objetivo de contrarrestar los efectos económicos de las medidas tomadas para frenar el avance del COVID-19.
¿Cuál es la vigencia del FASE?
El FASE tiene una vigencia transitoria máxima de 60 días a partir del día 2 de abril del año 2020.
¿Cuáles son las modalidades del FASE?
FASE 1; aporte para los trabajadores cuyas empresas 1) se encuentran cotizando al día por sus trabajadores a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para el período febrero de 2020, y 2) han cerrado sus operaciones por la menor actividad económica debido a las medidas de distanciamiento social ordenadas para evitar la propagación del COVID-19.
FASE 2; aporte para los trabajadores de empresas manufactureras y micro, medianas y pequeñas empresas (MIPYMES) que continúen operando.
¿Quiénes pueden aplicar a FASE 1?
Podrán aplicar a FASE 1 todas aquellas empresas que se vean en la obligación de suspender trabajadores por las medidas de distanciamiento social con base en las disposiciones vigentes del Código de Trabajo y se encuentren al día en sus obligaciones de pago con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para el período de febrero 2020.
No podrán aplicar al FASE 1 las empresas de los siguientes sectores:
• Supermercados, colmados, farmacias y cualquier establecimiento comercial dedicado al expendio de alimentos crudos, medicamentos y productos de higiene.
• Empresas de logística, distribución y transporte de materias primas y productos terminados para industria, agroindustria y alimentos.
• Empresas de agricultura, ganadería y pesca.
• Industrias de alimentos.
• Empresas de seguridad privada.
• Explotación de minas y canteras.
• Almacenes de expendio de distribución de alimentos, productos farmacéuticos y agroindustriales.
• Sector financiero, administradoras de fondo de pensiones, administradoras de riesgos laborales y sector seguros.
• Multimedios.
• Generadores de energía.
• Sector salud.
• Universidades.
• Telecomunicaciones.
• Organizaciones sin fines de lucro que ya reciben transferencias del Gobierno Central.
¿Quiénes pueden aplicar a FASE 2?
Podrán aplicar a FASE 2 las empresas manufactureras y las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) que continúen operando y que no hayan suspendido ningún trabajador. Para acceder al apoyo del FASE 2, los empleadores no pueden suspender a ningún trabajador durante el mes respectivo.
Si suspende al menos un trabajador se elimina automáticamente la subvención del FASE 2.
¿Cuánto aportará el Gobierno dominicano por trabajador cuya empresa se acoja al FASE 1?
En el FASE 1, el Gobierno estará aportando el 70% del salario del trabajador. Este aporte tendrá un mínimo de RD$5,000 pesos y un máximo de RD$8,500 pesos mensuales por cada trabajador.
Aquellos trabajadores con salarios inferiores o igual a RD$5,000 pesos mensuales, recibirán una transferencia de RD$5,000 pesos mensuales, que será asumida en un 100% por el Gobierno.
Aquellos trabajadores que tengan salarios superiores a los RD$5,000 pesos mensuales, estarán recibiendo un aporte mensual que será cubierto en un 70% por el Gobierno hasta un monto máximo de RD$8,500 pesos mensuales por trabajador.
Los aportes efectuados por el Gobierno a estos empleados suspendidos no estarán sujetos a retenciones de ningún tipo; tampoco se considerarán computables para fines del salario trece (13) ni para la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
¿El aporte del empleador al trabajador durante la suspensión es obligatorio para acogerse al FASE 1?
No, se insta a los empleadores de manera voluntaria dentro de sus posibilidades a que realicen el aporte restante en proporción del monto del salario ordinario de sus trabajadores.
¿Cuánto aportará el Gobierno dominicano por trabajador cuya empresa se acoja al FASE 2?
En el FASE 2, se dispone de un apoyo mensual que se realizará directamente al trabajador por concepto de avance de salario por parte del Gobierno y en nombre de su empleador por un monto de RD$5,000 pesos por cada empleado.
El monto restante del salario ordinario del trabajador será efectuado y completado en su totalidad por el empleador. Así como también, el empleador se compromete y obliga a cumplir con todas las obligaciones relativas al pago de la seguridad social y demás pagos correspondientes.
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