Melchor Antonio Alcántara Damirón ha sido el único imputado al cual el Ministerio Público ha solicitado la extinción de la acción pública anclado en el criterio de oportunidad que le otorga el art. 270 numeral 6 del Código Procesal Penal.
El Segundo Juzgado de la Instrucción acogió la solicitud de extinción de la acción pública en favor de Melchor Antonio Alcántara Damirón solicitada por el Ministerio Público motivado en el siguiente argumento, cita: “profundizando la investigación y analizando los documentos aportados por el investigado Melchor Alcántara Damirón, hemos podido identificar que en su conducta no ha incurrido en violación a la ley penal, ya que se ha verificado que ha cumplido con todo el procedimiento”.- (Procuraduría Especializada Anti-lavado de Activos ), en tal sentido, la jueza procedió a acoger el pedimento que hiciere Ministerio Público conjuntamente con la defensa del ciudadano ordenando la extinción de la acción penal, además de disponer de la eliminación de todos los registros de antecedentes que pudieron generarse como consecuencia del curso del proceso penal.
Los licenciados Jorge A. López Hilario, Pedro Balbuena, Nassir Rodríguez y José Luis Almánzar Paulino, defensa técnica del señor Melchor Antonio Alcántara Damirón, a su vez manifestaron a los medios de comunicación que en el caso de su representado NO HUBO ILÍCITO PENAL, sino que una empresa por este representada vendió un inmueble a la señora Altagracia Polanco de Martínez quien a su vez revendió el mismo a un tercero presunto involucrado con Cesar Emilio Peralta. Los abogados establecen, que su representado desde el primer momento colaboró fehacientemente con el Ministerio Público depositando los documentos pertinentes a los fines de esclarecer los hechos y permitir que el inmueble pueda quedar a disposición del Estado Dominicano.
El señor Melchor nunca reclamó la titularidad del inmueble y en el año 2012 ya había reportado a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) los pagos recibidos respecto de esa operación. Los licenciados agregaron, que la acción penal que interpuso el Ministerio Público nunca debió ser promovida en contra del señor Melchor Antonio Alcántara Damirón, pues el mismo no cometió ningún ilícito, que es precisamente la verdad que trae consigo la decisión emitida hoy por el segundo juzgado de instrucción que preside la magistrada Franchesca Potentini.