CNSS flexibiliza trámite del Subsidio por Enfermedad Común para facilitar acceso de los trabajadores afiliados

La nueva disposición amplía los criterios de validación del certificado médico y busca agilizar la entrega de este beneficio contemplado en el Sistema Dominicano de Seguridad Social

Santo Domingo, República Dominicana.– El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una modificación a la normativa del Subsidio por Enfermedad Común, con el objetivo de simplificar los procedimientos y facilitar que los trabajadores afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) puedan acceder de manera más rápida y eficiente a este beneficio.

La medida fue establecida mediante la Resolución No. 641-04, a través de la cual el CNSS introduce cambios en la normativa vigente relacionada con la presentación y validación de los certificados médicos requeridos para solicitar el subsidio.

Nuevo criterio para validar certificados médicos

La actualización incorpora un nuevo párrafo al artículo 9 de la Normativa sobre el Subsidio por Enfermedad Común, referente a la validez del certificado médico presentado por los afiliados.

De acuerdo con la disposición, para fines de aplicación, interpretación y trámite del beneficio, el certificado médico será considerado válido tanto si contiene el sello del médico tratante como si presenta el sello de la prestadora de servicios de salud donde el afiliado recibió la atención médica.

Con esta modificación, el CNSS amplía las posibilidades de validación del documento, reduciendo posibles obstáculos administrativos y permitiendo que los trabajadores puedan gestionar el subsidio con mayor facilidad cuando una enfermedad común les imposibilite realizar temporalmente sus funciones laborales.

Información requerida en el certificado médico

Aunque se flexibiliza el criterio del sello de validación, el certificado médico deberá mantener los datos esenciales que respaldan la licencia médica.

Entre las informaciones requeridas se encuentran:

  • Nombre, cédula, firma y número de exequátur del médico tratante.
  • Sello del médico o de la prestadora de servicios de salud donde fue atendido el afiliado.
  • Identificación del trabajador afiliado.
  • Diagnóstico principal.
  • Modalidad y cantidad de días de incapacidad.
  • Fecha de inicio de la licencia médica.

Estos elementos permitirán garantizar la correcta evaluación y procesamiento de las solicitudes conforme a las disposiciones del sistema.

Un paso hacia procesos más ágiles en la Seguridad Social

El CNSS destacó que esta actualización responde al compromiso institucional de continuar fortaleciendo el Sistema Dominicano de Seguridad Social, mediante la revisión y adaptación de sus normativas para hacerlas más eficientes y accesibles para la población afiliada.

La institución señaló que estas mejoras buscan promover procedimientos más simples, oportunos y transparentes, garantizando que los trabajadores puedan ejercer de manera efectiva los derechos establecidos en la Ley No. 87-01, que crea el SDSS.

Con esta medida, el organismo reafirma su propósito de avanzar hacia un sistema de protección social más cercano a las necesidades de los ciudadanos, reduciendo barreras administrativas y facilitando el acceso a los beneficios correspondientes.