Decisión permitirá traspaso al sistema de reparto para acceder a pensiones del Estado
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una medida que busca garantizar el derecho a pensión de cientos de trabajadores de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDES) y de otras instituciones públicas cuyo Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) figura como privado, aun cuando el Estado posee el 50% o más de participación accionaria en dichas entidades.
Con esta decisión, el CNSS modificó el párrafo I de la Resolución No. 572-07, permitiendo que estos trabajadores puedan realizar su traspaso desde la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) al Sistema de Reparto, con el objetivo de acceder a una pensión otorgada por el Estado.
El Sistema de Pensiones de Reparto, establecido en la Ley 379-81, funciona mediante un fondo común administrado por el Estado, en el cual las cotizaciones de los trabajadores activos financian directamente las pensiones de los jubilados. En este modelo no existe una cuenta individual de ahorro, sino un sistema solidario que garantiza ingresos a los pensionados.
Por su parte, el sistema basado en Cuenta de Capitalización Individual (CCI), creado mediante la Ley 87-01, opera bajo un esquema en el que cada trabajador acumula sus aportes en una cuenta personal destinada a su retiro. Dichos fondos se invierten durante la vida laboral del afiliado con el propósito de generar rendimientos que financien su pensión futura.
La medida responde a múltiples solicitudes presentadas por afiliados a través de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), el Defensor del Pueblo y el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP). Estas organizaciones denunciaron que numerosos trabajadores habían visto rechazadas sus solicitudes de traspaso, debido a que sus empleadores aparecían registrados con RNC privado, a pesar de tratarse de empresas con participación estatal.
Con esta resolución, el CNSS reafirmó su compromiso con la protección de los derechos de los trabajadores, destacando que la decisión se alinea con los principios constitucionales de seguridad social, dignidad humana y protección a las personas de la tercera edad.
