Dos empresas de inversionistas españoles que poseen terrenos turísticos en Punta Cana solicitaron llevar ante el Consejo Superior del Ministerio Público al procurador general adjunto para el medio ambiente, acusado de actuaciones ilegales, apoyadas por la fuerza pública para desconocer una decisión de la Suprema Corte de Justicia que ordena el desalojo ocupante ilegales de su propiedad.
El desalojo, realizado por YUPA SRL y PARAISO TROPICAL, C. POR A., autorizado por la Fiscalía de Higüey, se produjo el 12 de noviembre del año pasado y el 17 del mismo mes el doctor Francisco Contreras se presentó en el lugar con un miembro del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA).
La decisión es el resultado final de un largo proceso judicial que comenzó en el 2008, que siempre produjo sentencias que ordenaban el desalojo de los ocupantes, empresarios Silverio Cruz Taveras y Bolívar Díaz Franco, cada apelación de los invasores favoreció a las empresas propietarias.
De “manera arbitraria y desconociendo la autoridad de la Suprema Corte de Justicia” y de la Fiscalía de Higüey, dice la denuncia, Contreras, 5 días después, “colocó a los intrusos recién desalojados” y ordenó “arrestar al personal de seguridad del proyecto, incautando los vehículos, removiendo las puertas, brazos mecánicos, letreros de manejo de impacto mínimo y todo el dispositivo de organización de los propietarios de los inmuebles”.
La Suprema Corte de Justicia (SCJ), en su sentencia, informa la denuncia presentada a la Procuradora General Mirian Germán el marte 7 de febrero, confirmó la sentencia del Tribunal Superior de Tierras del Departamento Central No. 20151479, de abril de 2015, la cual a su vez confirmó la Sentencia 295 de junio del año 2008, dictada por la sala 5 del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Nacional, que ordenó el desalojo inmediato de los señores Silverio Cruz Taveras y Bolívar Díaz Franco.
La ejecución del desalojo explica la denuncia presentada por los abogados Rafael Felipe Echavarría y Félix Damián Olivares Grullón, se hizo con la Fuerza Pública concedida por la Magistrada Fiscal Licda. Mercedes Santana Rodríguez, titular de Higüey.
YUPA SRL y PARAISO TROPICAL, C. POR A., presentaron una primera denuncia el 18 de noviembre solicitando una investigación de estos hechos y “el consecuente proceso disciplinario”. El conocimiento de esta denuncia se fijó para el 3 de febrero en una audiencia encabezada por el Magistrado Dr. Richard Guilamo y una comisión de funcionarios del Ministerio Público, y en ella se presentó Contreras, explican los abogados Olivares y Echevarría, para “amenazar a los representantes de los propietarios de los terrenos por ejercer las labores de protección de sus derechos y hacer cumplir las leyes”.
Francisco Contreras, aseguran, “abandonando cualquier criterio de objetividad, prudencia y sensatez, amenazó” a los abogados con “repetir las arbitrarias actuaciones del día 17 de noviembre del año 2022, esto es, ir y desmantelar las medidas de protección y regulación del acceso, establecidas por disposiciones jurídicas vigentes”.
Afirman Olivares y Echevarría que esa amenaza “no puede ser admitida en un Estado Social y Democrático de Derecho. Ningún representante del Ministerio Público puede arrogarse la coacción directa para anular la efectividad de normas jurídicas válidas. Si el Ministerio Público tuviere el interés de dejar sin efecto un Decreto, un Reglamento, una Resolución, una Licencia, un Plan Sectorial, una Licencia Municipal, una Sentencia, tiene que acudir a la vía jurisdiccional correspondiente”.
Las empresas propietarias de los terrenos explican, cuenta con todos los permisos y autorizaciones para controlar el acceso de invasores, intrusos, ocupantes u organizadores de viajes de ilegales, que quieran acceder a los terrenos y a la playa del litoral en vehículos, lo que está prohibido por ordenanzas del Ministerio de Turismo.
El proyecto turístico que se planifica tiene el Decreto 644-07, dictado por el Presidente de la República, el 15 de noviembre del año 2007; la Certificación de No Objeción del Ayuntamiento del Distrito Municipal Turístico de Verón Punta Cana del 18 de noviembre del 2020; autorización del Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (CEIZTUR), del 19 de junio del año 2020; Certificado de Registro de Impacto Mínimo del 13 de junio del 2019, emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y la Resolución No. 07-2012, del Ministerio de Turismo, que estableció el Plan Sectorial de Ordenamiento Territorial Turístico de Punta Cana.