TSA condena al INPOSDOM y a su director a pagar RD$1.5 millones

El fallo también fija una penalidad diaria de RD$5,000 si no se reincorpora a una empleada pública, tras el incumplimiento de una sentencia anterior.

Santo Domingo. – La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) condenó al Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) y a su director general, Erick Alberto Guzmán Núñez, al pago solidario de RD$1.5 millones por los daños derivados del incumplimiento de una sentencia que ordenaba la reincorporación de una empleada pública de carrera.

La decisión, contenida en la Sentencia núm. 0030-02-2026-SSEN-00667, del 1 de octubre de 2026, favorece a Beata María Pérez Miliano y dispone, además, una penalidad de RD$5,000 por cada día de retraso en el cumplimiento de la orden de reincorporación.

El caso se originó en una decisión judicial anterior, la Sentencia núm. 0030-1642-2023-SSEN-00681, del 15 de noviembre de 2023, que ordenó restituir a Pérez Miliano en su puesto y pagarle los salarios y beneficios dejados de percibir. Según la información suministrada por la representación legal de la demandante, esa decisión adquirió autoridad de cosa juzgada luego de que la Suprema Corte de Justicia rechazara el recurso de casación presentado por el INPOSDOM en mayo de 2025.

Penalidad por incumplimiento

La astreinte de RD$5,000 diarios comenzará a computarse una vez transcurrido el plazo de 30 días contado desde la notificación de la sentencia, de acuerdo con lo descrito en la decisión. La reincorporación deberá realizarse en el mismo cargo y con el salario correspondiente a la condición de servidora pública de carrera administrativa de la beneficiaria.

La representación legal de Pérez Miliano estuvo a cargo de los abogados Oliver Moisés Batía Burgos y Ángelo Ramos Santana, de la firma Centro Jurídico e Inversiones Batía Ramos, SRL.

Batía calificó el fallo como un avance en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración pública y sostuvo que puede contribuir a enfrentar el incumplimiento de decisiones judiciales por parte de instituciones y funcionarios estatales.

El abogado afirmó que existen más de 700 sentencias pendientes de ejecución en el sector público, aunque no presentó en la información suministrada datos documentales que permitan verificar esa cifra.

Debate sobre la responsabilidad de los funcionarios

El jurista vinculó la decisión con el artículo 148 de la Constitución dominicana, que establece el principio de responsabilidad civil de las personas jurídicas de derecho público y sus funcionarios por los daños ocasionados con motivo de su actuación u omisión antijurídica.

Batía también cuestionó que la inembargabilidad de los bienes estatales pueda convertirse, a su juicio, en un obstáculo para ejecutar decisiones judiciales. Consideró que el fallo refuerza la necesidad de que las sentencias favorables a los ciudadanos tengan consecuencias efectivas.

Aunque la representación legal considera que la decisión sienta un precedente relevante para el derecho administrativo, su alcance jurisprudencial deberá valorarse a partir de los fundamentos íntegros del fallo y de su aplicación en casos posteriores.

La sentencia coloca nuevamente en discusión el cumplimiento de las decisiones judiciales por parte de las instituciones públicas y los mecanismos disponibles para garantizar que los derechos reconocidos por los tribunales se hagan efectivos.