Alta instancia judicial cierra el caso Hazoury y refuerza límites al uso indebido del sistema legal en República Dominicana
Santo Domingo.– La Suprema Corte de Justicia emitió la sentencia SCJ-PS-26-0444, con la que confirma de manera definitiva la litigación temeraria atribuida a María Amelia Hazoury y a sus representantes legales, estableciendo un precedente firme contra el uso abusivo de los tribunales.
La decisión, adoptada por la Primera Sala, valida la ordenanza que declara como litigantes temerarios a los abogados Lilia María Fernández León, Mariel María León Lebrón y Joel del Rosario Alburquerque, consolidando un patrón de actuaciones procesales indebidas previamente señalado por distintas instancias judiciales.
El jurista Dionisio Ortiz Acosta destacó que el fallo otorga autoridad de cosa juzgada, cerrando cualquier margen de discusión sobre la legalidad de las acciones emprendidas en este caso. Además, la sentencia refuerza la sanción impuesta por el Colegio de Abogados de la República Dominicana, que suspendió por un año en el ejercicio profesional a los abogados involucrados.
El origen del conflicto se remonta a acciones judiciales interpuestas contra Inmobiliaria Don Juan, S.R.L., vinculada a la familia de Juan Rafael Llaneza Gil, las cuales fueron consideradas improcedentes y carentes de fundamento legal, derivando en la calificación de sus promotores como litigantes temerarios.
Más allá del caso específico, la decisión establece un criterio jurisprudencial claro sobre el tratamiento de este tipo de prácticas en la jurisdicción civil y de tierras, fortaleciendo la seguridad jurídica y delimitando los alcances del ejercicio del derecho en el país.
Con este fallo, la Suprema Corte envía un mensaje contundente: las vías judiciales no pueden ser utilizadas como mecanismos de presión ni de perjuicio a terceros, reafirmando el compromiso institucional con el debido proceso y la transparencia en la justicia dominicana.
